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Foto del escritorLeandro Nicolás Quiroga Nacif

Nueva regulación del servicio de agua y saneamiento en Mendoza

La nueva Ley N° 9589, sancionada por la Legislatura de Mendoza, establece el marco regulatorio para la prestación de los servicios de agua potable y saneamiento en la provincia. La normativa define al Departamento General de Irrigación como ente regulador, establece los parámetros para la prestación del servicio público, fija mecanismos de protección para los usuarios, determina el régimen tarifario y de concesiones, e implementa medidas para la preservación del recurso hídrico. La ley deroga la anterior legislación (Ley N° 6044) y dispone la disolución del Ente Provincial del Agua y Saneamiento (EPAS), estableciendo los procedimientos para la transición institucional.

Objetivos y Ente Regulador (Título I):

  • Establece 10 objetivos fundamentales incluyendo:

    • Mantenimiento y expansión del sistema de agua potable y desagües

    • Operación eficiente y de calidad

    • Uso racional del recurso hídrico

    • Protección de la salud pública y medio ambiente

    • Fomento de inversiones y tarifas equitativas

    • Participación de usuarios y trabajadores

    • Incorporación de tecnologías apropiadas

    • Protección de derechos de usuarios


Organización administrativa (Título II):

  • El Departamento General de Irrigación como Ente Regulador tiene funciones específicas:

    • Dictar normas técnicas

    • Controlar planes de inversión y régimen tarifario

    • Definir áreas de prestación

    • Proponer y revisar tarifas

    • Resolver conflictos

    • Organizar audiencias públicas

    • Implementar sistema de información web

    • Coordinar con otros organismos


Servicio Público (Título III):

  • Define el alcance del servicio:

    • Producción y distribución de agua potable

    • Gestión de desagües cloacales e industriales

    • Comercialización del servicio

  • Establece obligaciones de prestación:

    • Continuidad y regularidad

    • Calidad y generalidad

    • Obligatoriedad de conexión y pago


Protección de usuarios (Título III, Capítulo IV):

  • Derechos de usuarios actuales:

    • Prestación conforme a niveles de calidad

    • Información sobre tarifas y modificaciones

    • Rectificación de facturas

    • Presentación de denuncias

  • Derechos de usuarios potenciales:

    • Solicitar cumplimiento de metas de expansión


Sistema de concesiones (Título III, Capítulo V):

  • Regula el otorgamiento de concesiones para:

    • Establecimiento de servicios

    • Construcción de infraestructura

    • Explotación del servicio

  • Establece procedimientos de adjudicación y causales de caducidad


Preservación del recurso hídrico (Título IV):

  • Establece normas de calidad y preservación

  • Define competencias entre:

    • Departamento General de Irrigación

    • Municipalidades

  • Promueve coordinación institucional


Régimen contravencional (Título V):

  • Define sanciones:

    • Apercibimiento

    • Multas

    • Suspensiones

    • Clausuras

    • Caducidad de concesiones

  • Crea la Unidad Fiscal del Agua


Disposiciones complementarias y transitorias (Títulos VI y VII):

  • Crea el Consejo Consultivo del Agua y Saneamiento

  • Establece proceso de disolución del EPAS

  • Define transferencia de personal:

    • Opciones de incorporación al nuevo ente

    • Reubicación en administración pública

    • Indemnizaciones

  • Deroga la Ley N° 6044

  • Establece plazo de 60 días para reglamentación

  • Define mecanismos de coordinación entre organismos

  • Establece sistema de audiencias públicas

  • Contempla subsidios para sectores vulnerables

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