Recientemente la AFIP puso en funcionamiento el servicio web de “Telegramas Laborales”, que permite a los/las trabajadores/as o la entidad sindical que actúe en su representación denunciar al empleador por la falta o deficiente registro de su situación laboral, conforme lo dispuesto por la Ley Nacional de Empleo N°24.013.
Por este medio rápido y 100% on-line se facilita el cumplimiento del requerimiento del art. 11, inc. b) de la LCT que exige al trabajador la intimación a su empleador, como condición previa a la imposición de sanciones.
¿Cómo se accede al servicio?
Con clave fiscal, nivel de seguridad 2 o superior, En el caso de no contar con clave fiscal, a través de los servicios bancarios “home banking”.
El sistema solicitará los datos de identificación del empleador y del telegrama, junto con el archivo digital del telegrama, pudiendo ser una fotografía, o la imagen escaneada. Al finalizar otorgará un acuse de recibo que tiene validez como constancia del envío de la comunicación a AFIP, según lo establecido en la Ley Nº 24.013.
Nueva dirección para telegramas por correo postal
Además, la AFIP informó una nueva dirección de correo postal para el envío de Telegramas Laborales. Aquellas personas que prefieran seguir haciéndolo por este medio deberán dirigirse a la casilla de Correo Nro. 15 – Sucursal Barracas (CP:C1270ZAB – CABA)
Para más información sobre el funcionamiento del nuevo servicio, accedé a la página oficial de AFIP: https://www.afip.gob.ar/oficios/informacion-general/telegramas-laborales.asp