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Foto del escritorTomás Rubio

Nuevo fallo sobre prescripción de tributos locales

Actualizado: 15 sept 2022

La Suprema Corte de Justicia de Mendoza se pronunció nuevamente sobre el instituto de la prescripción, en un fallo donde cita precedentes de importancia, tales como "Filcrosa" y "Volkswagen" a nivel nacional, y "Petrolera Alvear" y "Ramon Peña", de procedencia provincial.

Volvió a aseverar que si se está en presencia de una situación jurídica cumplida durante la vigencia del Código Civil, el caso debe ser regido por dicha ley y por la interpretación que de ella ha realizado ese Tribunal Máximo. También se reitera la idea de que la prescripción no es un instituto propio del derecho público local, sino un instituto general del derecho y por ello, la prescripción de las obligaciones tributarias locales tanto en lo relativo a sus plazos, como al momento de su inicio, y a sus causales de interrupción o suspensión, se rigen por lo estatuido por el Congreso de la Nación de manera uniforme para toda la República.

También es de importancia la reafirmación de lo resuelto previamente en el caso "Ramón Peña", respecto a que el efecto suspensivo de la interposición de los recursos administrativos no debe proyectarse más allá de los plazos que para resolverlos.

Carátula:

Conjunto los cerros c/ ATM p/ APA

N° de expte:

13-04196644-5

Tribunal:

SCSJM, Sala 2

Fecha:

11/08/2022

Cita:

Expte. N° 13-04196644-5 – CONJUNTO LOS CERROS c/ ATM p/APA – SCJMZA – sentencia de fecha 11/08/2022





Resumen del fallo:


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